¿Qué diferencia hay entre capital privado y un banco?
El banco financia perfiles muy estandarizados sobre nómina o ingresos recurrentes. El capital privado financia sobre la garantía hipotecaria: importa más el inmueble que el historial bancario. Por eso aceptamos perfiles con ASNEF caso a caso, autónomos sin tres ejercicios cerrados o quien necesita liquidez en 8-15 días en lugar de 2 meses.
¿Por qué publicáis las tarifas si nadie del sector lo hace?
"Cada caso es único" no justifica esconder los rangos. Los rangos existen y los firmamos cada semana. Publicar la banda LTV con TIN, TAE y comisión orientativos te ahorra dos llamadas y nos compromete: cuando llegues al estudio, sabes en qué franja entras.
¿Cuánto puedo conseguir sobre mi inmueble?
El rango habitual es 30-45 % del valor de tasación, descontadas cargas previas. Por encima del 50 % no firmamos: el riesgo es desproporcionado para el cliente. Si alguien te ofrece más de eso, suele ser comisión opaca u operación de altísimo riesgo.
Estoy en ASNEF o RAI. ¿Puedo aplicar?
Sí. La decisión se toma sobre la garantía y el LTV resultante, no sobre el fichero de morosos. Que estés en ASNEF se valora junto con la deuda y su origen, pero no descarta automáticamente como hace la banca tradicional.
¿En cuánto tiempo tengo el dinero en la cuenta?
Entre 8 y 15 días naturales desde el envío de la documentación. La Ley 5/2019 (LCCI) exige un mínimo de 7 días entre acta previa y firma; quien te prometa 48 horas se lo está saltando. Tras la firma, los fondos llegan a tu cuenta en 24-48 horas hábiles.
Si no llego a firmar, ¿qué he gastado?
Cero euros si no se llega a tasación. Si la tasación se hace y luego decides no firmar, la tasación queda a tu nombre y la conservas para usarla con quien quieras. La factura solo se imputa a la operación si firmas.
¿Sois banco o intermediario?
No somos banco. Trabajamos como intermediarios de crédito inmobiliario sujetos a la Ley 5/2019 (LCCI). El proceso de inscripción en el registro del Banco de España está en curso. Conectamos tu operación con prestamistas regulados y la firma se hace siempre ante notario que tú elijas.
¿Qué inmuebles aceptáis como garantía?
Vivienda habitual, segunda residencia, local comercial, nave industrial, garaje, trastero y suelo o finca rústica con valoración. La operación tiene que ser sobre un inmueble del solicitante (persona física); no trabajamos garantías de terceros sin parentesco directo.