Estudio gratuito · desde 15.000 €
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Embargo · Subasta · Urgencia

Préstamo para frenar el embargo de tu vivienda.

Hacienda, el banco o un juzgado han ordenado el embargo. Hay subasta encima. Préstamo desde 15.000 € sobre tu vivienda para pagar la deuda y cancelar el embargo. Se firma en 8 a 12 días. Estudio prioritario.

En 50 palabras. Si tu vivienda está en proceso de embargo o tiene fecha de subasta, hay margen para parar todo pagando la deuda que lo originó. El préstamo sale sobre tu casa para que pagues lo que debes y se cancele el embargo. Trabajamos contra reloj contigo: estudio prioritario y firma en 8 a 12 días.
Desde 20.000 €Estudio prioritarioFirma en 8-12 díasAntes de la subasta
«La banca tradicional, por regla general, no concede préstamos si estás en una lista de morosos. Eso obliga a recurrir a entidades financieras de crédito o a capital privado regulado.» Cliente Bancario · Banco de España
Ejemplo orientativo · ejemplo orientativo

Manuel tenía subasta en 5 semanas. En 9 días firmó y canceló el embargo.

Manuel R. · 52 años · Valladolid · Caso orientativo

«Pensaba que perdía la casa donde crecieron mis hijos. Llamé un viernes y firmamos al jueves siguiente.»

Hacienda me reclamaba 35.000 € de un IRPF de hace años. Recibí la providencia de apremio y luego el embargo. Tenía subasta señalada en 5 semanas. El banco no me daba nada porque ya estaba en ASNEF. Llamé a Prestamus un viernes, tasaron el lunes y firmamos el jueves siguiente. Pagaron a Hacienda y el embargo se canceló al día siguiente.
Importe
50.000 €
Plazo
8 años
Tiempo a firma
9 días

Este es un caso orientativo, no un cliente real. Las cifras se acercan a las de operaciones que se firman en este tipo de situación.

A quién le sirve este préstamo

Si te ves aquí, hay margen para pararlo.

Mientras la subasta no se haya ejecutado, el deudor tiene derecho a liberar el bien pagando la deuda. Es el espacio en el que actuamos.

El banco va a subastar mi vivienda por la hipoteca.

Llevas meses con cuotas impagadas y has recibido la notificación de ejecución. Si pagas la deuda atrasada antes de la subasta, todo se cancela y conservas la casa.

Hacienda me ha embargado por una deuda de IRPF.

Recibiste la providencia de apremio y luego el embargo. El procedimiento se detiene cuando ingresas la cantidad reclamada con sus recargos.

La Seguridad Social me embarga por cuotas pendientes.

Cuotas de autónomo o de empresa atrasadas. La TGSS embarga la vivienda. Pagas la deuda y el embargo se levanta.

Una deuda con un proveedor terminó en juzgado.

Sentencia firme con embargo preventivo o ya ejecutivo. Si pagas el principal, intereses y costas, el juzgado anota la cancelación.

Tengo subasta señalada en pocas semanas.

Hay subasta con fecha pero todavía estás a tiempo. Hasta el momento del remate, el deudor puede liberar el bien pagando deuda y costas.

Quiero pagar antes de que se ejecute la subasta.

Notificación recibida pero sin fecha aún de subasta. Es el momento idóneo para actuar: hay margen y la operación se firma sin presión extrema de calendario.

Cómo funciona contigo

De la notificación al embargo cancelado, cuatro pasos contra el reloj.

El paso clave es el día de la firma: el dinero va directo al acreedor (Hacienda, banco, Seguridad Social, juzgado) para pagar la deuda. El embargo se cancela inmediatamente. Sin atajos legales: la Ley 5/2019 obliga a entregar la documentación 10 días naturales antes de la firma.

  1. PASO 01

    Cuéntanos tu caso

    Llámanos directamente o rellena el formulario marcando "urgente". Nos das tu nombre, tu teléfono y la fecha de subasta si la tienes. Tu caso entra el primero de la cola.

    Día 1 · estudio prioritario
  2. PASO 02

    Tu caso entra en estudio, contrarreloj

    Aportas la notificación del embargo, la deuda exacta y los datos de tu vivienda. Con eso se valora si la operación encaja. En urgencia, tu solicitud pasa por delante de todas.

    Días 2-3
  3. PASO 03

    Se tasa tu vivienda

    Tasador independiente. En operaciones urgentes con embargo, la tasación se prioriza. Si al final no firmas, queda a tu nombre y la conservas.

    Días 3-7
  4. PASO 04

    Firmas y se cancela el embargo

    Notario que tú eliges. El día de la firma, el dinero va directo a Hacienda, al banco o al juzgado para pagar la deuda. El embargo se cancela inmediatamente. Te quedas con tu vivienda.

    Días 8-12
Por qué Prestamus si tienes embargo

Préstamo para evitar la subasta: lo que cambia respecto a cualquier banco.

Capital privado regulado bajo la Ley 5/2019 (LCCI). Prestamistas privados regulados que firman ante notario que tú elijas.

Vamos contra tu reloj

Si la subasta tiene fecha cercana, todo se acelera: estudio prioritario, tasación en días, firma en 8-12 días. Mientras tu fecha de subasta esté por encima, llegamos.

Pagamos la deuda en la firma

Tú no tocas el dinero. El día de la firma, va directo al acreedor que te tiene embargada la casa (Hacienda, banco, Seguridad Social, juzgado). El embargo se cancela en el acto.

Tu vivienda decide, no tu historial

En estos casos casi todos los clientes están en ASNEF o tienen otras deudas pendientes. La banca tradicional no entra. Capital privado mira tu vivienda y la operación, nada más.

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Notario que tú eliges

Aunque haya prisa, el notario lo eliges tú. La documentación se te entrega 10 días antes de firmar para que la leas con calma o con tu abogado.

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Sin productos vinculados

Nadie te obliga a contratar seguros, cambiar tu nómina ni domiciliar recibos: lo prohíbe el artículo 17 de la LCCI. Pagas el préstamo y nada más encima.

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Tarifas públicas

Publicamos los rangos de coste por tramos en una página propia. Si necesitas el detalle del tipo de interés y la comisión, está ahí. Ver tarifas →

Frenar el embargo: opciones

Tres caminos antes del remate.

Comparativa entre préstamo con garantía hipotecaria de capital privado, dación en pago al banco y subasta judicial. Datos orientativos para vivienda con embargo o ejecución hipotecaria activa.

Variable Capital privado Prestamus Banca tradicional Micropréstamo en línea
Conservas la vivienda La dación en pago al banco supone perder la vivienda. Con préstamo de capital privado, conservas la propiedad mientras pagas la cuota mensual. No (dación) Depende del importe
Importe disponible 20.000 € – 150.000 € Cancelación parcial Hasta 60.000 €
Cancela tu deuda en la firma Sí, día de la firma Sí (entrega vivienda) Sí, si cubre la deuda
Acepta ASNEF Sí, caso a caso No (con embargo activo)
Plazo del nuevo préstamo 5 – 12 años Sin nuevo préstamo 1 – 8 años
Tiempo desde primer contacto 8 – 12 días 30 – 90 días 24 – 72 horas
Detiene la subasta Sí, con el pago en firma El deudor puede liberar el bien embargado pagando antes del remate (LEC art. 693.3). El día de la firma, el dinero va al juzgado o al acreedor. Sí (entrega) Sí, si cubre
TAE orientativa 15 % – 17 % — (no nuevo crédito) 7 % – 12 %

La LEC art. 693.3 permite detener la subasta pagando principal, intereses y costas antes del remate. La opción depende del valor neto de tu vivienda tras la deuda y del tiempo disponible.

Preguntas frecuentes

Lo que querrás saber antes de seguir.

Si tu duda no está aquí, escríbenos a hola@prestamus.es Te contestamos por el mismo canal.

¿Podéis frenar de verdad el embargo de mi vivienda?

Sí, siempre que aún no se haya producido el remate (la subasta efectiva). Hasta ese momento, el deudor tiene derecho a liberar el bien pagando la deuda principal, intereses y costas. Lo que hacemos es darte el dinero contra tu vivienda para que pagues y el embargo se cancele.

¿Cuánto tiempo me queda para pararlo?

Depende del tipo de embargo. Si es de Hacienda o Seguridad Social, los plazos son administrativos (semanas tras la providencia de apremio). Si es de banco por hipoteca, hay un procedimiento judicial con varios pasos antes de la subasta. Si es por sentencia civil, depende del juzgado. Con la notificación delante, en horas sabrás si hay margen.

¿Cómo se cancela el embargo cuando pago?

El día de la firma del préstamo, el dinero se transfiere directamente al acreedor (Hacienda, banco, Seguridad Social, juzgado). Cuando ingresan la cantidad, emiten certificado de pago y solicitan al Registro de la Propiedad la cancelación del embargo. La cancelación queda anotada en días.

¿Vale para embargos de Hacienda y Seguridad Social?

Sí. Embargos de la Agencia Tributaria (IRPF, IVA, IS) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (cuotas autónomos, cuotas empresa) entran en la operación con la misma lógica: pagamos la deuda exacta el día de la firma y el organismo cancela el embargo.

¿Y si la subasta ya tiene fecha?

Si la fecha está por encima de 12 días, llegamos. Si está más cerca, depende del expediente concreto. En esos casos lo importante es llamarnos el mismo día que recibes la notificación: cuanto antes, más opciones. Una llamada nos basta para decirte si vamos a tiempo.

¿Cuánto pago al mes después?

Depende del importe y del plazo. Como referencia: 60.000 € a 8 años son alrededor de 1.126 €/mes, con los costes iniciales ya financiados dentro del préstamo. Mueve la calculadora del hero con tu importe y plazo y verás tu cuota orientativa.

El cálculo usa el sistema francés: cuota igual cada mes.
¿Qué documentos necesitáis?

Lo más importante para nosotros: la notificación del embargo (providencia de apremio, edicto de subasta, mandamiento judicial). Con eso vemos plazos y deuda exacta. Después, escritura de la vivienda, nota simple del Registro y DNI.

Si la subasta llega antes que vuestra firma, ¿qué pasa?

Hasta el momento del remate efectivo, sigue habiendo opciones legales (suspensión, recurso, consignación). Trabajamos contigo y con tu abogado para llegar a tiempo o para ganar días si es posible. Si finalmente la subasta se ejecuta antes, no podemos recuperar la vivienda — por eso la velocidad es lo más crítico de este producto.

No esperes a mañana

Cuéntanos tu caso hoy mismo.

Si tienes notificación de embargo o fecha de subasta, llámanos directamente. Tu solicitud entra con prioridad y sale el mismo día. Sin compromiso ni coste.

La oferta en firme te la da por escrito, en la FEIN, la entidad inscrita que gestione tu solicitud (Ley 5/2019).

Recibido

Te llamamos en cuanto revisemos tu caso. Si la respuesta es que no, también te lo decimos.

Ejemplo representativo

Préstamo con garantía hipotecaria sobre inmueble, a tipo fijo, con sistema de amortización francés (cuota constante). Cifras orientativas de mercado: no constituyen una oferta. La oferta vinculante la entrega la entidad inscrita en la FEIN, con al menos 10 días naturales antes de la firma.

Liquidez entregada
50.000 €
Importe total del préstamo
58.400 €
TIN fijo
11,75 %
TAE
15,8 %
Duración
180 meses
Número de cuotas
180
Cuota mensual
691,53 €
Importe total adeudado
124.475,89 €

El importe total del préstamo incluye la apertura y gestión de la operación (7500 €, el 15 % de la liquidez), la tasación (500 €) y el seguro (400 €), financiados dentro del préstamo. Los cobra la entidad que estudia y formaliza la operación, no Prestamus. La TAE se calcula por TIR sobre la liquidez neta recibida. Notaría y registro corren por cuenta del solicitante. Desglose completo en qué cuesta la operación.

Guías del equipo

Antes de decidir, lee esto.

Dónde operamos

Cobertura con equipo local.

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